Juan Alberto Madile - Pensamientos
Imagen de la Justicia, valor del Derecho
Compartir:               


El ordenamiento social

Los seres humanos vivimos y sobrevivimos adaptándonos a un ambiente que también transformamos. Podemos hacerlo

Los seres humanos vivimos y sobrevivimos adaptándonos a un ambiente que también transformamos. Podemos hacerlo porque aprendemos de vivencias anteriores, tanto propias como ajenas. Es que no sólo vivimos, también convivimos.

Experiencia de la vida humana que es pues convivencia. Lo que implica interdependencia, no necesariamente solidaria siempre: es nuestra debilidad e impotencia como hombres individuales lo que nos hace depender de los demás para nuestra existencia.

Acumulación, eso sí, de experiencia. De ese saber que se deriva de la conservación de vivencias pasadas; no sólo en la memoria, también en el expresado en el signo. El cual se comunica y transmite.

Queda así, una experiencia colectiva que se conserva en las formas culturales; que no es memoria de organismo social alguno sino que se trata de configuraciones de la realidad que valen (para otra inteligencia) como signos. En una vida social que es convivencia; esto es, actualizada en interacciones y en conciencias que se orientan entre sí.

De tal modo se estructura un determinado comportamiento y se conservan contenidos de conciencia. Ordenamiento social requerido, por tanto, para la seguridad de un mantenimiento de dicha interdependencia social; de ese necesario mínimo de correspondencia entre conductas que toda cohesión social reclama.

Dada la convivencia pues, acciones y reacciones en situaciones que se repiten; probabilidad entonces, de que se actúe de parecida forma al repetirse. Lo que hace previsible la conducta ajena y programable la propia. Y de lo que resulta la antedicha orientación recíproca de conductas; y ello, por sujeción a determinados modelos. Que son situaciones típicas que se hacen corresponder con modos típicos de conducta.

Modelo es entonces, la correspondencia entre situación típica y conducta típica. Que no es lo mismo que mera forma de conducta, porque el modelo es forma predeterminada del comportamiento. Y añadamos: basta la expectativa social para el modelo social, pero se requiere de la reacción social ante su incumplimiento para que sea, además, normativo.

Por consiguiente, si sólo es esa conducta para esa situación (contando la relación con respaldo colectivo), es que la conducta está regulada. Pero, ¿significa que por eso absolutamente determinada?

No necesariamente. No olvidemos que es la conciencia humana la que establece la asociación y que no se trata de determinismo ciego, por lo que la conducta puede seguir o apartarse del modelo; es siempre posible pues, una conducta divergente que decida la voluntad libre del agente... O que puedan desencadenar condicionantes biosociales... y para una respuesta definitiva a esto, sería preciso un análisis que diera cuenta de la totalidad de circunstancias en cada situación.

Pero en todo caso, la necesidad de mecanismos de control... cuando los modelos de conducta son colectivos y normativos y conllevan la probabilidad de la reacción de la sociedad ante su infracción. Sea de modo inmediato y directo o no.

Por eso es que, en una sociedad compleja y diferenciada, esa reacción queda a cargo, en principio, de una instancia institucional; lo que hace surgir nuevas normas, tanto de organización y competencia de sus órganos como de procedimiento ante ellos.

Pero siempre debe el Derecho, por institucionalmente diferenciado que se encuentre, guardar correspondencia con la realidad social; incluida en ésta, su dimensión cultural. Correspondencia que, de darse, lo califica como ético; calificación que le acuerdan los regidos por él. El Derecho será ético finalmente, en tanto que reconocido como tal por una conciencia moral socialmente compartida.

Claro que cabe dudar que sea esto posible en una sociedad de masas, donde los mecanismos comerciales van desplazando a la ética por los giros de la moda y confinando así al aislamiento a una personalidad individual... y sin embargo, es de esta última que surgen, frente a los males sociales, grandes creaciones del espíritu. No obstante la soledad y tortura interior de sus autores... o acaso precisamente gracias a ello. Paradoja de la condición humana.

Su publicación: en el periódico La Capital de Rosario (Argentina), el 20/05/2018 bajo el título "El imprescindible ordenamiento de la sociedad humana".



Una buena voluntad